Para los que no saben concretamente cuales han sido las decisiones del Sr. Zp, apoyado por el PP (Claro¡¡, eso les beneficia enteramente a todos los políticos y sectores financieros, pero cuando no, se tirán los trastos mutuamente dejando al margen a los que relamente levantamos el país trabajadores/as) en los últimos días, les diré que en vez de que los bancos sean propiedad del estado (Osea de todos los que contribuimos), ahora más que nunca a abierto las puertas a la PRIVATIZACIÓN de las CAJAS DE AHORRO.. ¿A quien beneficia estás decisiones?, solo y exclusivamente a los que son RICOS.. DESPIERTA ¡¡
José Luis Rodríguez Zapatero ha aprovechado la rueda de prensa tras recibir en La Moncloa al Comité Ejecutivo de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) para adelantar las líneas maestras que contendrá la nueva Ley de Órganos Rectores de Cajas de Ahorro (LORCA). Este viernes, el Consejo de Ministros aprobará un Real Decreto que posteriormente pasará al Congreso de los Diputados para su tramitación como Ley.
La principal novedad de las palabras del presidente del Gobierno está en que abren la puerta a la privatización total del negocio bancario de las cajas de ahorro. Aunque aún falta por conocer el texto exacto del Real Decreto, Zapatero ha asegurado que una de las posibilidades que tendrán las cajas a partir de ahora será "trasladar su patrimonio afecto a la actividad financiera a un banco transformándose en fundación". Es decir, que podrán vender el negocio bancario y quedarse con la obra social.
El texto legal incluirá la necesidad de una mayoría de dos tercios del órgano de gobierno de la entidad correspondiente para pasar a algún otro de los modelos de negocio, informa Europa Press. Es decir, que con un 66% de los votos de su consejo cualquier caja puede vender su negocio a un banco.
Además, la reforma anunciada por Rodríguez Zapatero prevé otras tres posibilidades para las cajas. La primera es emitir cuotas participativas de hasta el 50% del capital de la caja, que tendrán "derechos políticos" similares a las acciones de una compañía privada. También se suprimen los límites a la tenencia de cuotas por un único partícipe y se establecen los principios de libertad de emisión y retribución de dichas cuotas. Estos títulos podrán ser emitidos desde el mismo momento en que entre vigor la nueva norma.
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